De cara a la implantación de la factura electrónica en el marco de los procesos de compra pública, los órganos de contratación están ya requiriendo la inclusión en las facturas de la codificación de las unidades administrativas, oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora, en términos del directorio común de unidades administrativas, DIR3, gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

1.- Oficina contable. Es la oficina que contabiliza la obligación reconocida en la que esté incluida la factura.
Este dato lo facilita la unidad tramitadora.

2.- Unidad tramitadora. Es el órgano administrativo que tramita los expedientes. Se relaciona con la intervención a efectos de la tramitación de los expedientes de gasto.

3.- Órgano gestor. Es el centro directivo o delegación provincial al que corresponde la competencia sobre la aprobación del expediente de gasto.

En conclusión, para anotar la factura en el registro contable de facturas y, para que la factura pueda ser remitida o puesta a disposición de la unidad tramitadora que corresponda, la identificación de la oficina contable y de la unidad tramitadora son fundamentales.

Asimismo, los pliegos de cláusulas administrativas que rigen las convocatorias, deben de identificar los siguientes datos que han de constar en las facturas:

1.- La identificación del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública.

2.- La identificación del órgano de contratación.

3.- La identificación del destinatario.